La declaración de baja (işten çıkış bildirgesi) es el formulario electrónico con el que el empleador comunica a la Institución de la Seguridad Social (SGK) que ha terminado la condición de asegurado de un trabajador cuyo contrato de trabajo ha finalizado. Su nombre oficial es “declaración de cese del asegurado” y se presenta como máximo en diez días desde la fecha de terminación del contrato de trabajo. El formulario recoge el último día trabajado, los ingresos de ese mes y el código que indica el motivo de la salida.
En este artículo explicamos cuándo y cómo se presenta la declaración, en qué puntos se diferencia de la comunicación de alta y por qué el código de salida es importante para el trabajador. En la última sección recogemos los cinco errores que más encontramos en los expedientes de nóminas.
Resumen
Puntos clave
- Según el artículo 9 de la Ley n.º 5510, el empleador comunica a la SGK, como máximo en diez días, la situación del trabajador cuyo contrato de trabajo ha finalizado.
- Si la declaración de baja no se presenta en plazo, se aplica por cada asegurado una multa administrativa de una décima parte del salario mínimo mensual; en 2026 este importe es de 3.303 TL.
- La declaración de alta se presenta antes de que empiece el trabajo y la sanción por el retraso es de un salario mínimo mensual por asegurado; por ello la carga sancionadora de ambas declaraciones no es la misma.
- En la lista vigente de motivos de cese de la SGK no figura el código 29; los ceses por conducta del trabajador contraria a las reglas de la moral y la buena fe se comunican con los códigos 42 a 50.
- La solicitud de la prestación por desempleo del trabajador depende directamente del motivo de salida elegido en la declaración.
¿Qué es la declaración de baja y quién la presenta?
La declaración de baja es la comunicación que cierra la condición de asegurado, en el ámbito 4/a (con contrato de trabajo), de un asegurado en ese centro de trabajo. La obligación corresponde al empleador; que el trabajador dimita, se jubile o venza su contrato no cambia esa obligación. La comunicación puede hacerla el responsable de la sociedad, o también un equipo de nóminas o un asesor contable autorizado a nombre del centro de trabajo.
Cifras clave de la baja del trabajador
Fuente: Ley n.º 5510, Ley del Seguro de Desempleo n.º 4447, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Su equivalente legal es el artículo 9 de la Ley n.º 5510. El artículo establece que la condición de asegurado de quienes trabajan mediante contrato de trabajo termina “desde la fecha en que finaliza el contrato de trabajo” y exige que el empleador lo comunique a la Institución como máximo en diez días. Lo que en el lenguaje cotidiano se llama “declaración de salida”, “baja de la SGK” o “declaración de cese” se refiere todo a esta comunicación.
La función de la declaración no es solo cerrar un registro. El historial de servicios del trabajador, los días de cotización del último mes, la posibilidad de beneficiarse del seguro de desempleo y el momento en que termina el acceso a los servicios sanitarios se configuran según los datos de esta comunicación. Una fecha o un código erróneos dan trabajo después tanto al empleador como al trabajador.
¿Cuándo se presenta la declaración de cese?
La declaración de cese se presenta en los diez días siguientes a la fecha en que terminó el contrato de trabajo. En la página de la SGK sobre las obligaciones del empleador figura este plazo de la misma manera y se pide que la comunicación se haga por el canal e-Sigorta. Es decir, lo que hace correr el plazo no es el día en que se adopta la decisión de despido, sino el día en que el contrato termina de hecho.
Esta distinción cobra importancia en los despidos en que se concede el plazo de preaviso. Si el preaviso se cumple trabajando, el contrato termina al final de ese plazo y el plazo de diez días empieza a correr desde esa fecha. El cálculo de la indemnización por preaviso es otra cuestión; aquí solo subrayamos respecto a qué día debe hacerse la comunicación.
Que termine la condición de asegurado no significa que todos los derechos terminen el mismo día. Según la Ley n.º 5510, a efectos de las disposiciones de enfermedad y maternidad, la condición de asegurado se considera perdida a partir del décimo día siguiente a la fecha en que terminó el contrato de trabajo. Le recomendamos compartir también este punto con el trabajador al explicarle el proceso de salida.
¿Por qué canal se hace la comunicación?
La comunicación de salida se hace por la misma aplicación que la comunicación de alta. Según la página de la SGK sobre la declaración de alta y de cese de asegurados 4a , existen tres métodos:
- Entrada individual: los datos del trabajador se introducen uno por uno en pantalla.
- Entrada masiva: los datos se cargan en un archivo XML; la SGK ofrece para ello también una plantilla de Excel para bajas.
- Servicio web: el software de nóminas envía la comunicación directamente al sistema de la SGK.
Para una sociedad con pocos trabajadores basta la entrada individual. En los centros de trabajo con muchas altas y bajas periódicas, la entrada masiva o el servicio web reducen los errores derivados de introducir los datos a mano.
Diferencia entre la declaración de alta y la declaración de baja
La declaración de alta inicia la condición de asegurado y la de baja la termina. Aunque ambas se presentan desde la misma pantalla, sus plazos, excepciones y sanciones son distintos. El artículo 8 de la Ley n.º 5510 exige la comunicación de alta antes del inicio de la condición de asegurado; la página del empleador de la SGK señala también que la comunicación debe hacerse al menos un día antes de empezar a trabajar.
La ley admite algunas excepciones para el alta. En las obras de construcción, la pesca y los centros de trabajo agrícolas, la comunicación puede hacerse como máximo el día en que se pone a trabajar. En los centros de trabajo para los que se presenta por primera vez la declaración a la Institución, la comunicación de quienes empiecen a trabajar en el mes siguiente a la fecha en que el primer asegurado empezó a trabajar puede hacerse hasta el final de ese plazo de un mes. Cómo se crea el registro del centro de trabajo en la SGK lo explicamos en registro del centro de trabajo en la SGK .
| Criterio de comparación | Declaración de alta | Declaración de baja |
|---|---|---|
| Fundamento legal | Ley n.º 5510, art. 8 | Ley n.º 5510, art. 9 |
| Momento de la comunicación | Antes de empezar el trabajo (SGK: al menos 1 día antes) | En los 10 días siguientes a la fecha de terminación del contrato de trabajo |
| Canal de comunicación | e-Sigorta (individual, masivo, servicio web) | e-Sigorta (individual, masivo, servicio web) |
| Sanción por comunicación tardía (Ley n.º 5510, art. 102) | 1 salario mínimo mensual por asegurado | 1/10 del salario mínimo por asegurado |
| Importe de 2026 | 33.030 TL | 3.303 TL |
| Si se detecta en una inspección | 2 veces el salario mínimo: 66.060 TL | No se prevé además un tipo incrementado |
| En corrección espontánea (comunicación en 30 días, pago en 15 días) | Una cuarta parte: 8.257,50 TL | Una cuarta parte: 825,75 TL |
Los importes de la tabla se han calculado sobre el salario mínimo bruto de 33.030 TL vigente desde el 1 de enero de 2026 según el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. La ley eleva la sanción a cinco veces el salario mínimo por asegurado si, dentro del año siguiente a la constatación de que no se presentó la declaración de alta, se repite la misma situación.
La verdadera diferencia que muestra la tabla es esta: retrasarse en el alta es diez veces más caro que retrasarse en la baja. Aun así, no es correcto aplazar la comunicación de baja, porque la prestación por desempleo del trabajador y su nueva alta dependen de ella.
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¿Cómo se calcula la sanción por la declaración de baja?
La sanción se calcula conforme a la letra (j) del artículo 102 de la Ley n.º 5510. Si la comunicación no se hace en plazo, no se hace en la forma que determine la Institución o se presenta por otra vía cuando era obligatorio hacerlo por vía electrónica, se aplica por cada asegurado una multa administrativa de una décima parte del salario mínimo. La misma letra señala también que la sanción total derivada de estos actos en un mes natural no podrá superar el importe de la sanción prevista por no presentar los libros y documentos.
Supongamos, por ejemplo, que una sociedad, de forma ficticia, ha comunicado fuera de plazo la baja de cuatro trabajadores que se fueron en el mismo mes. Sobre el salario mínimo bruto de 2026, la sanción es 4 × 3.303 TL = 13.212 TL. Si las comunicaciones se hicieron espontáneamente en los 30 días siguientes al plazo legal, antes de que el retraso se detectara en una inspección, y la sanción se pagó en los 15 días siguientes a la notificación, la misma sanción se aplica sobre una cuarta parte, es decir, 3.303 TL.
Que la sanción parezca pequeña no reduce el riesgo. En un mes con bajas masivas, la sanción se calcula por separado para cada trabajador comunicado de forma incompleta. Una baja con fecha errónea afecta también a los datos de días e ingresos de la declaración muhtasar y de cotización y servicios de ese mes, lo que genera un segundo trabajo de corrección.
¿Cómo se eligen los códigos de salida de la SGK?
Los códigos de salida de la SGK son números de dos dígitos que indican por qué terminó el contrato de trabajo. El código es el campo de la declaración que exige más atención, porque de él depende que el trabajador pueda acceder o no a la prestación por desempleo y, en una posible controversia, el código consta en el expediente como declaración del propio empleador. El código debe elegirse según el motivo real que figura en la carta de despido.
Los códigos más utilizados de la lista de motivos de cese de la SGK son los siguientes:
| Código | Motivo de cese de la lista de la SGK | Punto a vigilar en la práctica |
|---|---|---|
| 01 | Rescisión por el empleador del contrato de trabajo con periodo de prueba | Se utiliza en las rescisiones durante el periodo de prueba |
| 02 | Rescisión por el trabajador del contrato de trabajo con periodo de prueba | Se elige si el trabajador se va durante el periodo de prueba |
| 03 | Rescisión por el trabajador del contrato indefinido (dimisión) | Debe respaldarse con la carta de dimisión |
| 04 | Rescisión por el empleador del contrato indefinido sin comunicar causa justificada | Se utiliza en el despido con preaviso del empleador |
| 05 | Finalización del contrato de duración determinada | Debe ser coherente con la fecha de finalización que consta en el contrato |
| 08 | Por jubilación (vejez) o pago a tanto alzado | Se elige para el trabajador que se va para jubilarse |
| 16 | Traslado a otro centro de trabajo del mismo empleador antes de que termine el contrato | Se utiliza en el cambio de centro de trabajo dentro de la sociedad |
| 17 | Cierre del centro de trabajo | Se valora junto con el cierre del registro del centro de trabajo |
| 25 | Rescisión por el trabajador por conducta del empleador contraria a las reglas de la moral y la buena fe | Indica la rescisión del trabajador por causa justificada |
| 42 a 50 | Letras (a) a (ı) del art. 25/II de la Ley del Trabajo n.º 4857 | Cada letra tiene un código distinto; debe elegirse la letra correcta |
El código 29, que se ve en registros de nóminas antiguos, no figura en la lista vigente de la SGK. Los ceses por conducta del trabajador contraria a las reglas de la moral y la buena fe se comunican ahora con los códigos 42 a 50, que se corresponden con la letra respectiva del artículo 25/II de la Ley del Trabajo. Este cambio hace que el motivo del despido se indique con una letra concreta y no con un epígrafe general.
En la lista figuran también los códigos 19 (fin de temporada), 20 (fin de campaña) y 30 (fin del plazo del visado). Según la explicación de la SGK, estos códigos son para los casos en que el contrato de trabajo se suspende; si el trabajador no va a volver a ser contratado, se utiliza el código 04.

¿Por qué es importante la declaración de cese para la prestación por desempleo?
La declaración de cese es el documento regulado en el artículo 48 de la Ley del Seguro de Desempleo n.º 4447, que sirve de base para la solicitud de la prestación por desempleo del trabajador. Según la ley, el empleador extiende tres ejemplares de la declaración para el asegurado cuyo contrato termine por alguno de los supuestos enumerados en el artículo 51. Envía un ejemplar en 15 días al Instituto de Empleo de Türkiye, entrega otro al trabajador y conserva el tercero en el centro de trabajo.
El trabajador también tiene un plazo. Según el mismo artículo, el asegurado que queda desempleado debe acudir a la Institución en los treinta días siguientes a la fecha en que se rescindió el contrato de trabajo; salvo fuerza mayor, el tiempo de retraso se descuenta de la duración de la prestación. Por ello, retrasar la comunicación puede retrasar también la solicitud del trabajador.
Conforme a la Ley del Seguro de Desempleo n.º 4447, la prestación diaria por desempleo es el 40% de la media diaria de ingresos brutos calculada sobre la base de cotización de los últimos cuatro meses del asegurado y no puede superar el 80% del salario mínimo bruto. La duración de la prestación se determina según los días de cotización comunicados en los últimos tres años, siempre que se hayan trabajado sin interrupción los últimos 120 días: 180 días para 600 días, 240 días para 900 días y 300 días para 1080 días.
El artículo 51 de la Ley enumera uno por uno los supuestos de despido que dan derecho a la prestación. La dimisión del trabajador sin causa justificada y el despido por el empleador por conducta contraria a las reglas de la moral y la buena fe no figuran entre ellos. Por ello, un código mal elegido puede privar al trabajador de una prestación que le corresponde o abrir la puerta a un pago al que no tiene derecho.
5 errores frecuentes en la declaración de baja
Cuando asumimos expedientes de nóminas, vemos que la mayoría de los problemas con las comunicaciones de baja se concentran en los mismos cinco puntos:
- Contar el plazo desde un día equivocado. Los diez días no empiezan a correr desde el día en que se adopta o se comunica la decisión de despido, sino desde el día en que el contrato terminó. Si se cumple el preaviso trabajando, la fecha de baja es el último día de ese plazo.
- Elegir un código que no coincide con la carta de despido. Comunicar con el código 04 a un trabajador que tiene carta de dimisión, o con el código 03 a uno despedido por el empleador, lleva al empleador a contradecir sus propios documentos en caso de controversia.
- Usar los códigos de suspensión en una baja definitiva. Los códigos 19, 20 y 30 son para situaciones en que se espera el regreso. Si el trabajador no va a volver a ser contratado, se elige el código 04, conforme a la explicación de la lista de la SGK.
- Tratar el traslado interno como baja y nueva alta. Para el trabajador que pasa a otro centro de trabajo del mismo empleador existe el código de traslado 16. La operación hecha como baja y alta puede crear confusión en los cálculos vinculados a la continuidad del servicio.
- No comprobar la coherencia con la declaración mensual. La fecha de baja se comunica también, con los días de cotización y los ingresos de ese mes, mediante la declaración muhtasar y de cotización y servicios . La fecha y el número de días de ambas comunicaciones deben coincidir.
Ninguno de estos errores nace de una cuestión normativa complicada. La mayoría se debe a que la baja se tramita con prisas en el cierre de mes. Tratar la baja en un solo expediente con la carta de despido, la última nómina y la declaración mensual reduce estos riesgos en gran medida.
Lista de comprobación previa a la declaración de baja
Cuando la salida de un trabajador es firme, le recomendamos reunir los siguientes documentos antes de enviar la comunicación:
- La comunicación de despido o la carta de dimisión y sus fechas
- La correspondencia que muestre si se concedió o no el plazo de preaviso
- El registro de asistencia del último mes y la nómina con el salario y los pagos adicionales
- El ejemplar de la declaración de cese que se entregará al trabajador
- Si se trata de un trabajador de nacionalidad extranjera, los datos del permiso de trabajo
Esta comprobación hace que tanto la comunicación a la SGK como la liquidación final con el trabajador se basen en la misma información. Para las demás obligaciones de nóminas y declaraciones, puede consultar las guías de la categoría legislación tributaria de nuestro blog.
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En Akal CPA, cada proceso comienza con una evaluación preliminar según la estructura y los objetivos de su empresa. Dentro de nuestros servicios de nóminas Dentro de nuestro servicio llevamos de forma integrada las comunicaciones de alta y baja, la elección del código de salida y la nómina del último mes. Si desea que elaboremos juntos una hoja de ruta a su medida para la declaración de baja y sus procesos de salida, póngase en contacto con nosotros.
Fuentes: SGK: Obligaciones del empleador · Ley de Seguros Sociales y Seguro General de Salud n.º 5510 · Ley del Seguro de Desempleo n.º 4447 · Ministerio de Trabajo y Seguridad Social: salario mínimo de 2026
Los importes y tipos de este artículo están actualizados a octubre de 2026.
Este contenido ha sido elaborado por el equipo de especialistas de Akal CPA. Akal CPA presta desde 1975, en Ankara, servicios de asesoramiento en constitución de sociedades, contabilidad, fiscalidad y nóminas a inversores nacionales y extranjeros. Los plazos de comunicación y los códigos de salida se han recopilado a partir de los textos vigentes de las Leyes n.º 5510 y 4447 y de la lista de motivos de cese de la SGK.
Este artículo tiene carácter meramente informativo; solicite una evaluación profesional para su caso concreto.
Última actualización: 17.10.2026
Preguntas frecuentes
Cuando el trabajador dimite, ¿quién presenta la declaración de baja?
También en la dimisión presenta la comunicación el empleador. La Ley n.º 5510 impone al empleador la obligación de comunicar la situación del asegurado cuyo contrato de trabajo termina. La carta de dimisión del trabajador se conserva en el expediente como fundamento del código de salida que se elija.
¿Termina de inmediato el acceso del trabajador que se va a los servicios sanitarios?
No termina de inmediato. Según la Ley n.º 5510, a efectos de las disposiciones de enfermedad y maternidad, la condición de asegurado se considera perdida a partir del décimo día siguiente a la fecha en que terminó el contrato de trabajo. La situación posterior del trabajador varía según que entre o no en un nuevo empleo y según su cobertura del seguro general de salud.
Si el trabajador se va el último día del mes, ¿hasta cuándo se hace la comunicación?
El plazo son los diez días siguientes al día en que terminó el contrato. Por ello, la comunicación de un trabajador que se va a final de mes debe hacerse en los primeros diez días del mes siguiente. La misma información de baja se refleja también en la declaración muhtasar y de cotización y servicios de ese mes.
¿Cambia cada año el importe de las sanciones de las declaraciones?
Cambia, porque la Ley n.º 5510 fija las sanciones no con una cifra fija, sino como múltiplo o proporción del salario mínimo. Cuando se actualiza el salario mínimo, las sanciones por las comunicaciones de alta y de baja se calculan automáticamente sobre el nuevo importe.
¿Es obligatorio entregar la declaración de cese al trabajador?
Según el artículo 48 de la Ley n.º 4447, al trabajador cuyo contrato termina por alguno de los supuestos que dan derecho a la prestación se le entrega un ejemplar de la declaración. El trabajador presenta la solicitud de la prestación por desempleo en los treinta días siguientes a la fecha de rescisión.
¿Qué código se elige para el trabajador despedido durante el periodo de prueba?
Si la rescisión viene del empleador se elige el código 01 de la lista de la SGK, y si viene del trabajador, el código 02. Debe asegurarse de que el periodo de prueba consta por escrito en el contrato de trabajo y de que la fecha de rescisión cae dentro de ese periodo.
