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Exportador comprobando la declaración de aduana, las facturas de venta y las listas de devolución para el expediente de devolución del IVA en las exportaciones

Cómo obtener la devolución del IVA (KDV) en las exportaciones: lista de comprobación del exportador

Si factura al comprador del extranjero sin calcular IVA (KDV), pero paga IVA durante la producción y el aprovisionamiento, la vía para recuperar esa carga es la devolución del IVA en las exportaciones. La devolución del IVA en las exportaciones consiste en que se reintegre al exportador, por compensación o en efectivo, el IVA soportado y no recuperable por deducción por una entrega de exportación exenta del impuesto conforme al artículo 11/1-a de la Ley del IVA n.º 3065. Este derecho no funciona por sí solo. Exige declaración en el período correcto, documentación completa y listas coherentes.

En este artículo nos centramos únicamente en la exportación de mercancías con declaración de aduana: los requisitos de la exención, el período de declaración, la lista de documentos, las listas de devolución del IVA, el límite de devolución en efectivo y el método de devolución propio de los fabricantes. La lógica general de la devolución del IVA y todos los métodos de devolución los explicamos aparte en nuestro qué es la devolución del IVA guía.

Resumen

Puntos clave

  • La devolución del IVA en las exportaciones consiste en que se reintegre al exportador, por compensación o en efectivo, el impuesto pagado por una entrega de exportación realizada sin IVA y no recuperable por deducción.
  • La exportación de mercancías se declara en la línea de código 301 de la tabla de Operaciones Incluidas en la Exención Total de la declaración del IVA del período que comprende la fecha de cierre de la declaración de aduana.
  • Según el Comunicado General de Aplicación del IVA, las solicitudes de devolución en efectivo derivadas de la exportación de mercancías que no superen 50.000 TL se atienden sin exigir informe de inspección tributaria, informe de YMM ni garantía.
  • Las solicitudes de devolución por compensación derivadas de la exportación de mercancías, cuando los documentos están completos, se resuelven sin atender al importe y sin exigir informe ni garantía.
  • Los exportadores con certificado de fabricante pueden solicitar, sin hacer el cálculo del IVA soportado, una devolución de hasta el 10 % del valor de la exportación, limitada al IVA a compensar.

¿Qué entregas abarca la exención de exportación?

La exención de exportación se aplica a las entregas que reúnen conjuntamente las dos condiciones del artículo 12 de la Ley del IVA. La entrega debe hacerse a un cliente en el extranjero, a un comprador en una zona franca o a tiendas de venta libre de impuestos; y la mercancía debe salir del territorio aduanero de Türkiye y llegar a un país extranjero o a una zona franca. Si falta una de las dos condiciones, la operación no entra en la exención.

Las cifras de la devolución del IVA en las exportaciones

50.000 TLLímite de devolución en efectivo que se atiende sin exigir informe ni garantía
100.000 TLLímite de devolución en efectivo para fabricantes con contrato de certificación íntegra de YMM
%10Porcentaje máximo de devolución sobre el valor de la exportación para fabricantes, limitado al IVA a compensar
301Código de la línea de la tabla de Exención Total en la que se declara la exportación de mercancías

Fuente: Ley del IVA n.º 3065, Comunicado General de Aplicación del IVA, Comunicado Serie n.º 52

El cliente en el extranjero es el comprador cuyo domicilio, lugar de trabajo, sede legal y centro de negocios están en el extranjero. También entra en esta definición la sucursal, oficina o representación de una empresa turca que ejerce en el extranjero una actividad independiente en nombre propio. La factura de exportación se emite a nombre de este comprador; una factura emitida a nombre de una empresa intermediaria en Türkiye no puede ser el fundamento de la exención.

Queremos llamar especialmente la atención sobre un punto. No toda operación que se considera exportación en la normativa de comercio exterior genera la exención de exportación a efectos del IVA. El Comunicado General de Aplicación del IVA indica expresamente que las operaciones que no reúnen las condiciones del artículo 12 no pueden considerarse dentro de la exención.

El lugar de la exportación entre las operaciones de exención total

Las operaciones de exención total son aquellas en las que la venta se hace sin IVA pero se mantiene el derecho a deducción y devolución del IVA pagado por esa venta. La exportación de mercancías es el ejemplo más habitual de este grupo. En la declaración se muestra en la tabla que lleva el mismo nombre: la tabla de Operaciones Incluidas en la Exención Total de la pestaña «Exenciones-Otras Operaciones que Generan Derecho a Devolución» y la línea de código 301.

En la columna «Importe de Entregas y Servicios» de esta línea se escribe el valor de la exportación y en la columna «IVA Soportado», el IVA incorporado a la mercancía exportada. Si no va a solicitar devolución, en el campo del IVA soportado se introduce «0» y el impuesto pagado se sigue utilizando por la vía de la deducción.

¿En qué período se declara la exportación?

La exportación de mercancías se declara en el período impositivo que comprende la fecha de cierre de la declaración de aduana. En las exportaciones tramitadas en una aduana interior se toma como base la fecha en que la declaración se cierra en la aduana fronteriza. Aunque la factura se haya emitido en un mes anterior, el período de declaración no cambia.

El valor de la exportación en divisas se convierte a TL al tipo de cambio comprador del Banco Central de la República de Türkiye publicado en el Boletín Oficial (Resmî Gazete) en la fecha de cierre de la declaración de aduana. Si ese día no se anunció tipo de cambio, se utiliza el tipo del primer Boletín Oficial anterior a la fecha de cierre. En las entregas a una zona franca sin declaración de aduana, se considera fecha de exportación la fecha en que se aprueba el formulario de operación de zona franca.

Aquí empieza una discordancia que encontramos a menudo en el terreno. Si un envío que sale a final de mes tiene su declaración cerrada en los primeros días del mes siguiente, la exportación entra en la declaración de ese mes siguiente. Comprobar en el cierre mensual esta diferencia entre el asiento contable y la declaración del IVA evita que el expediente de devolución tenga que corregirse después.

Declaración de aduana y demás documentos: lista de comprobación del exportador

La sección del Comunicado General de Aplicación del IVA dedicada a la exportación de mercancías enumera uno por uno los documentos que se exigen en la solicitud de devolución. Su lista de comprobación consta de los seis elementos siguientes:

  • Escrito normalizado de solicitud de devolución
  • Lista de facturas de venta
  • Declaración de aduana o lista con los datos de la declaración
  • Lista del IVA deducible del período en que se declaró la exportación
  • Lista de KDV soportado
  • Tabla de Cálculo del IVA cuya Devolución se Solicita

Si opta por presentar una lista en lugar de la declaración de aduana, en la lista deben constar la fecha y el número de la declaración, la clase, cantidad e importe de la mercancía, la aduana, el país de destino, la razón social del fabricante, si la hay, y las fechas de despacho y de salida. No es necesario presentar además en papel los documentos obtenidos por vía electrónica; basta con adjuntar al escrito el acuse de la lista de la Oficina Tributaria Virtual (İnternet Vergi Dairesi).

Documentos que sustituyen a la declaración de aduana

No toda exportación se hace con una declaración de aduana clásica. El comunicado admite en lugar de la declaración de aduana los siguientes documentos para distintos canales de exportación:

  • En la exportación a una zona franca, el formulario de operación de zona franca
  • En la exportación por correo o mensajería urgente, la declaración de aduana de comercio electrónico aprobada por vía electrónica por la administración de aduanas
  • En las entregas a tiendas de venta libre de impuestos, la declaración de depósito aduanero que contenga la aprobación de aduanas de que la mercancía se ha introducido en la tienda o el almacén
  • En el comercio fronterizo, la declaración de aduana o su lista, junto con un certificado de autorización de comercio fronterizo de una sola vez

Si surge una discrepancia de importe o de cantidad entre la factura y la declaración de aduana, la oficina tributaria solicita información a la administración de aduanas correspondiente y actúa según el resultado. Esta correspondencia puede tener el expediente retenido durante semanas. Por ello, antes de enviarlo comprobamos que la descripción de la mercancía, la cantidad y el importe en divisas de la factura coincidan exactamente con la declaración.

¿Cómo se preparan las listas de devolución del IVA?

Las listas de devolución del IVA son la columna vertebral numérica de su solicitud y se envían por vía electrónica a través de la Oficina Tributaria Virtual (İnternet Vergi Dairesi). Las cuatro listas deben validarse entre sí: la lista de facturas de venta muestra las ventas que generan derecho a devolución, la lista del IVA deducible todas las deducciones del período, la lista del IVA soportado el impuesto correspondiente a la exportación, y la tabla de cálculo el importe de la devolución.

En la lista del IVA soportado se muestra, por documentos de soporte, de qué insumo procede el importe cuya devolución se solicita: producto terminado, materia prima, material auxiliar, compra de servicios, gasto general o activo económico sujeto a amortización (ATİK, activos que se usan durante más de un año, como maquinaria y vehículos). Incluso las compras al mismo proveedor se introducen en líneas separadas por documento. La tabla de cálculo, a partir de esta lista, resume los insumos directos, la parte asignada de los gastos generales y la parte de los ATİK.

¿Qué entra en el cálculo del IVA soportado?

El cálculo se construye en un orden determinado. Primero se toma el IVA de las compras que son insumo directo de la mercancía exportada. A continuación se añade la parte que corresponde a la exportación de los gastos generales como teléfono, alquiler, electricidad, contabilidad y similares. La asignación de una parte de los ATİK queda para el final y solo es posible hasta el importe máximo devolvible.

El importe máximo devolvible se obtiene aplicando el tipo general del IVA al valor de las operaciones que generan derecho a devolución en el período. Si los importes soportados directamente superan esta cifra, la parte que excede solo se devuelve conforme a un informe de inspección tributaria. El IVA de los gastos que no guardan relación con la exportación no entra nunca en el cálculo. Tampoco puede ser objeto de devolución el IVA que no ha pagado; el valor de las mercancías adquiridas con la condición de exportar o sin IVA se deduce del valor de la exportación en el cálculo del importe máximo.

Elaboremos juntos su expediente de devolución de exportaciones

Puede solicitar una evaluación preliminar a nuestro equipo de expertos para determinar el cotejo de las declaraciones de aduana, el cálculo del IVA soportado y el método de devolución que le conviene.

Devolución por compensación y en efectivo: ¿qué límites rigen en la exportación?

El crédito de devolución derivado de la exportación de mercancías puede compensarse con sus deudas o solicitarse en efectivo. En las solicitudes de devolución por compensación, si los documentos están completos, el comunicado no exige informe de inspección tributaria, informe de YMM ni garantía, sea cual sea el importe. Esta es la vía más rápida para el exportador con deudas regulares de impuestos y de cotizaciones a la SGK.

En la devolución en efectivo, en cambio, existe un límite. Según el Comunicado General de Aplicación del IVA publicado por la Administración de Ingresos (GİB), las solicitudes de devolución en efectivo derivadas de la exportación de mercancías que no superen 50.000 TL se atienden sin exigir informe ni garantía. Este límite se elevó de 10.000 TL a 50.000 TL a partir de 31.10.2024 mediante el Comunicado Serie n.º 52. La parte que excede el límite se paga conforme a un informe de inspección tributaria o a un informe de certificación íntegra de YMM; si presenta garantía, la devolución se hace antes y la garantía se libera según el resultado del informe.

Como la comparación de las vías del informe, la garantía y la comprobación previa es objeto de nuestro artículo hermano, no la repetimos aquí. La verdadera pregunta del exportador suele ser esta: ¿cómo afecta al flujo de caja el IVA que se acumula mientras la devolución se retrasa? Sobre este punto, los enfoques de nuestro cómo cerrar un déficit de IVA artículo también sirven de guía para los exportadores.

Exportador comprobando la declaración de aduana, las facturas de venta y las listas de devolución para el expediente de devolución del IVA en las exportaciones

Devolución según el valor de la exportación para fabricantes

Para los exportadores fabricantes hay otra opción menos conocida. En esta práctica, basada en la facultad del artículo 32 de la Ley del IVA, los fabricantes que exportan directamente la mercancía que producen pueden solicitar la devolución sin calcular uno por uno el IVA soportado. Según el comunicado de la Administración de Ingresos (GİB), la devolución se hace hasta el 10 % del valor de la exportación y limitada al importe del IVA a compensar.

La práctica es opcional y solo está abierta a los titulares de certificado de fabricante. Entran en el ámbito las mercancías que produce, o hace producir por encargo, dentro de la capacidad del certificado de fabricante; no entran las que compra ya hechas en el mercado para exportar. La declaración se hace en la línea de código 338 de la tabla de Operaciones Incluidas en la Exención Total.

La lista de documentos cambia un poco en este método. Además del escrito normalizado, la lista de facturas de venta, la declaración de aduana y la tabla de cálculo, se piden el certificado de afiliación a la cámara profesional, el certificado de fabricante y la lista del IVA deducible de los últimos 24 períodos anteriores al período de exportación. En este método el límite de devolución en efectivo es de 50.000 TL y de 100.000 TL para quienes tienen un contrato de certificación íntegra de YMM formalizado en plazo.

Criterio de comparaciónDevolución según el IVA soportadoDevolución según el valor de la exportación (fabricantes)
Quién puede utilizarloTodos los exportadores de mercancíasSolo los titulares de certificado de fabricante
Línea de la declaraciónLínea de código 301Línea de código 338
Importe de la devoluciónSegún el cálculo del IVA soportado, limitado al importe máximoHasta el 10 % del valor de la exportación, limitado al IVA a compensar
Lista de KDV soportadoNecesarioNo necesario
Documentos adicionalesNoCertificado de afiliación a la cámara profesional, certificado de fabricante, listas del IVA deducible de los últimos 24 períodos
Devolución en efectivo sin exigir informeHasta 50.000 TLHasta 50.000 TL (100.000 TL si hay contrato de certificación íntegra de YMM)
Devolución por compensaciónSin límite de importe; no se exige informe ni garantíaSin límite de importe; no se exige informe ni garantía

Qué método es más ventajoso depende de la proporción de insumos con IVA en el coste del producto. Para un productor cuyos insumos llevan mayoritariamente IVA, el cálculo del IVA soportado puede dar una devolución más alta. Los dos métodos no pueden utilizarse a la vez para la misma exportación; sin embargo, el fabricante que haya elegido este método en un período puede volver al método del IVA soportado en otros períodos.

Devolución del IVA en las exportaciones en 6 pasos: flujo de la solicitud

El flujo siguiente resume cómo montamos el expediente en una exportación de mercancías con declaración de aduana:

  • Paso 1: en el cierre mensual, cotejar las exportaciones con la declaración de aduana. Compruebe la fecha de cierre de la declaración que corresponde a cada factura y su equivalente en TL; esa fecha determina el período.
  • Paso 2: elegir el método. Decida si solicitará la devolución según el IVA soportado o, si es fabricante, según el valor de la exportación; no pueden elegirse ambos para la misma exportación.
  • Paso 3: calcular el IVA soportado. Calcule por orden los insumos directos, la parte de gastos generales y la parte de los ATİK, y compárelos con el importe máximo devolvible.
  • Paso 4: mostrar en la declaración la exención y el IVA soportado. Rellene la línea de código 301 o 338; si el campo del IVA soportado queda vacío, la declaración no se considera solicitud de devolución.
  • Paso 5: enviar las listas de devolución del IVA y presentar el escrito. Envíe las listas a través de la Oficina Tributaria Virtual (İnternet Vergi Dairesi) y en el escrito normalizado de solicitud de devolución elija compensación, efectivo o ambas.
  • Paso 6: seguir el informe de control y los escritos de subsanación. En las solicitudes en efectivo que superen 50.000 TL, siga la vía del informe de YMM, la garantía o la inspección; si presentó garantía, vigile su liberación.

Ninguno de estos pasos debe dejarse para el día de la declaración. En una empresa con mucha exportación, a medida que el cotejo de declaraciones de aduana y el cálculo del IVA soportado avanzan durante el mes, el expediente de devolución queda listo solo para recopilar en el período de la declaración.

¿Hasta cuándo puede ejercer el derecho a devolución?

Para la exportación incluida en la exención total, la solicitud de devolución se presenta hasta el final del segundo año natural siguiente al período en que se realizó la exportación. Dentro de este plazo debe tanto rellenar la columna del IVA soportado de la declaración del período correspondiente como presentar el escrito y los documentos. Por ejemplo, para una exportación cuya declaración de aduana se cierra en marzo de 2026, el último día es el 31 de diciembre de 2028.

El exportador que declara la exportación y deja el IVA soportado en «0» puede cambiar de opinión. En ese caso le basta con corregir, antes de que venza el plazo, la declaración de ese período y presentar los documentos. En las devoluciones solicitadas con informe de YMM, el informe debe presentarse en un plazo de seis meses desde el fin de este plazo.

¿Qué ocurre con la devolución si la mercancía exportada regresa?

La mercancía que regresa produce un resultado distinto según en qué medida se haya aprovechado la exención de exportación. Si no se solicitó devolución o el IVA soportado se recuperó por deducción, no es necesaria ninguna operación adicional. Si la devolución aún no se ha realizado, el importe correspondiente a las mercancías que regresan se deduce en la línea n.º 103 de la declaración de ese período y no se exige IVA en aduana.

Si la mercancía regresa después de haber recibido la devolución, el importe de la devolución correspondiente a la parte que regresa debe pagarse en aduana; solo después se aplica la exención de importación. Este IVA pagado en aduana puede deducirlo en el período correspondiente. En el método de devolución según el valor de la exportación para fabricantes, el importe de la devolución correspondiente a la mercancía que regresa también se paga a la aduana o se presenta garantía.

Errores en los expedientes de exportación que vemos con frecuencia

Los contratiempos que más encontramos en los expedientes de devolución de los exportadores no proceden de la normativa, sino de la coherencia de los documentos:

  • Declarar la exportación según la fecha de la factura y pasar por alto la fecha de cierre de la declaración de aduana
  • Convertir el valor en divisas con el tipo de la fecha de la factura en lugar del tipo comprador del Banco Central en la fecha de cierre
  • Emitir la factura a nombre de un intermediario o una empresa de logística en Türkiye en lugar del comprador en el extranjero
  • No deducir del valor de la exportación, en el cálculo del importe máximo de devolución, el valor de las mercancías adquiridas con la condición de exportar
  • Añadir a la lista del IVA soportado gastos generales que no guardan relación con la exportación

Pensemos en un ejemplo ficticio: una empresa textil con socios extranjeros que produce en Ankara registra en ese mes la factura de un envío cargado el último día del mes, pero su declaración de aduana se cierra el segundo día del mes siguiente. Si la empresa declara la exportación en el mes de la factura, el período de declaración y el del documento no coinciden y la devolución queda pendiente de una declaración rectificativa. Este escenario se ha ideado solo para mostrar la lógica del proceso.

Valoración final para el exportador

La devolución del IVA en las exportaciones es un proceso previsible en un expediente bien montado. Lo decisivo son la fecha de cierre de la declaración de aduana, la coincidencia exacta con la factura y un cálculo del IVA soportado con fundamento. Puede encontrar nuestras guías sobre otros temas de IVA y declaraciones en nuestra página de base de conocimiento de Legislación tributaria . Para el texto oficial de la lista de documentos y de los límites de devolución, la versión vigente del Comunicado General de Aplicación del IVA publicada por la Administración de Ingresos (GİB) es la fuente de referencia.

En Akal CPA gestionamos los expedientes de devolución de los exportadores, desde el cotejo de las declaraciones de aduana y el cálculo del IVA soportado hasta el seguimiento del informe de control. El alcance de nuestros servicios puede consultarlo en nuestra página de nuestros servicios de devolución del IVA .

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En Akal CPA todo proceso comienza con una evaluación preliminar adaptada a la estructura y los objetivos de su empresa. Si desea elaborar junto a nosotros la hoja de ruta específica para la devolución del IVA derivada de sus exportaciones, póngase en contacto con nosotros.

Este contenido ha sido elaborado por el equipo de expertos de Akal CPA. Desde 1975, Akal CPA presta en Ankara asesoramiento en constitución de sociedades, contabilidad, fiscalidad y nóminas a inversores nacionales y extranjeros. La lista de documentos, las reglas de declaración y los límites de devolución en efectivo de este artículo se basan en la sección del Comunicado General de Aplicación del IVA relativa a la exportación de mercancías.

Este artículo tiene carácter meramente informativo; solicite una evaluación profesional para su caso concreto.

Los importes y tasas de este artículo están actualizados a octubre de 2026. Los límites de devolución en efectivo son los importes fijados por el Comunicado Serie n.º 52. Última actualización: 17.10.2026

Preguntas frecuentes

¿Es requisito para la devolución del IVA que el valor de la exportación se repatríe?

Entre los documentos que el Comunicado General de Aplicación del IVA enumera para la devolución por exportación de mercancías no figura el documento de compra de divisas. Lo determinante para la devolución es acreditar con la declaración de aduana que la mercancía salió del territorio aduanero y presentar las listas completas. La repatriación del importe se valora aparte desde el punto de vista de la normativa cambiaria.

¿Puede obtenerse la devolución del IVA en las ventas a una zona franca?

Sí. Las entregas realizadas a un comprador situado en una zona franca y en las que la mercancía llega a la zona franca están dentro de la exención de exportación. Si no se ha emitido declaración de aduana, se presenta como documento el formulario de operación de zona franca y la fecha de aprobación del formulario se considera fecha de exportación.

¿Qué documento se utiliza en las ventas de comercio electrónico de exportación y por mensajería?

En la exportación por correo y mensajería urgente se utiliza la declaración de aduana de comercio electrónico emitida a nombre de la empresa de mensajería y aprobada por vía electrónica por la administración de aduanas. En la declaración deben constar los datos del contribuyente que envía la mercancía al extranjero.

Si en un mes he realizado exportaciones y ventas nacionales, ¿cómo se calcula la devolución?

Solo entra en el cálculo de la devolución el IVA que corresponde a la exportación. Los insumos directos se separan según las mercancías exportadas, y de los gastos generales y los ATİK se asigna la parte que corresponde a la exportación. El IVA relativo a las ventas nacionales se sigue utilizando por la vía de la deducción.

¿Puedo solicitar la devolución por las mercancías que compré con la condición de exportar?

Como en la compra con condición de exportar no paga IVA, el IVA de esas mercancías no puede ser objeto de devolución. Sin embargo, puede solicitar la devolución del IVA soportado por gastos generales y ATİK; este importe no puede superar el que resulta de aplicar el tipo general del impuesto a la diferencia entre el valor de la exportación y el valor de la compra con condición de exportar.

¿Puedo retirar la solicitud de devolución y utilizar el IVA por la vía de la deducción?

Sí. Según el comunicado, puede cambiar su elección mediante escrito hasta que se emita el comprobante de corrección relativo a la devolución. En ese caso la solicitud de devolución se anula y el IVA soportado se añade de nuevo al IVA deducible en la declaración de ese período.

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